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Cumplimentan dos órdenes de aprehensión por robo

  • Los hombres fueron detenidos durante los patrullajes estratégicos que se realizan en el municipio de Guadalajara

Dos hombres fueron puestos a disposición de la autoridad judicial por oficiales de la Policía del Estado, luego de que se les cumplimentara las respectivas órdenes de aprehensión.

Los hechos se registraron en el municipio de Guadalajara. En el primer caso, los uniformados estatales hacían un recorrido de vigilancia por el cruce de las calles Constancia y Medrano, en la colonia del mismo nombre, cuando se percataron que un hombre intentó escapar del lugar al darse cuenta de su presencia.

Los policías aplicaron los protocolos de seguridad y tras corroborar los generales, con apoyo del centro de información del C5, se detuvo a Derek “N”, de 21 años, quien es requerido por un juez por el delito de robo.

Mientras que el segundo caso ocurrió en la intersección de las calles San Patricio y Obsidiana, en la colonia Santa Rosa, también en el municipio tapatío, por donde los policías hacían un patrullaje.

Los oficiales se percataron que un hombre trató de evadirlos, por lo que le solicitaron que detuviera su marcha, mientras se verificaban sus generales, arrojándose una orden de aprehensión a nombre de Alejandro “N”, de 35 años de edad, también por el delito de robo, por lo que de inmediato fue asegurado y puesto a disposición de la autoridad que lo requirió.

Con estas acciones la Secretaría de Seguridad del Estado ratifica su compromiso con las y los jaliscienses para fortalecer la coordinación con los organismos encargados de la impartición de justicia, haciendo prevalecer el Estado de Derecho.

Se presume inocente, mientras no se declare su responsabilidad por autoridad judicial (art. 13 del CNPP)

Todos los productos informativos de la Secretaría de Seguridad del Estado de Jalisco, en los cuales se difunde información de personas en calidad de imputados(as) y/o acusado(a) se presume inocente, mientras no se declare su responsabilidad por alguna autoridad judicial (art. 13 del CNPP).